miércoles, 7 de diciembre de 2011
CONTRA RECIBO
CONTRA RECIBO
Es el documento que se entrega como prueba de la recepción de la factura, para su revisión y futuro pago.
En la mayoría de las empresas e industrias se acostumbra después de enviar el material y tener el recibo del material enviado, elaboran la factura correspondiente, para posteriormente enviarla para su cobro, la cual una vez recibida por la empresa o industria entrega un documento denominado contrarecibo, que no es otra cosa que un recibo de la factura a revisión para su futuro pago
DEMANDA
DEMANDA
La demanda es un acto de iniciación procesal que se diferencia de la pretensión procesal en que aquella se configura con motivo de la petición formulada ante un órgano judicial para que disponga la iniciación y el trámite del proceso. No obstante, en la mayor parte de los casos demanda y pretensión se presentan fundidos en un sólo acto. En él el demandante o peticionante solicita la apertura del proceso y formula la pretensión que constituirá objeto de éste. Pero tal simultaneidad no es forzosa como se observa en los casos en que las normas permiten integrar posteriormente la causa de la pretensión.
EDICTO
EDICTO
Documento mediante el cual se da a conocer un mandato expedido por autoridad jurídica competente. Contiene una notificación, citatorio o emplazamiento. Es obligatoria su publicación en periódicos de mayor circulación, Diario Oficial de la Federación o Gacetas de los Gobiernos Estatales o Municipales.
CARTA PODER
CARTA PODER
Una carta poder es un documento que autoriza a una persona a obrar en nombre de otra.
La carta poder puede ser limitada o general, dependiendo de los deseos del interesado. Una carta poder que es limitada generalmente da al representante la autoridad de obrar en nombre del interesado solamente con respecto a asuntos muy específicos.
REGLAMENTO
REGLAMENTO
Un reglamento es una colección ordenada de reglas o preceptos que, por autoridad competente, se dan para la ejecución de una ley o para el régimen de una corporación, una escuela, una dependencia o un servicio.
En todo grupo de personas existen reglas, a veces escritas y otras veces no escritas, por ejemplo en nuestras casas tenemos ciertos deberes, y aunque no estén plasmado en ningún escrito, sabemos que debemos cumplirlos.
CERTIFICADO
CERTIFICADO
El certificado es un tipo de texto administrativo empleado para constatar un determinado hecho. En el proceso de solicitud de un puesto de trabajo, en especial cuando se trata de una institución oficial, los certificados son fundamentales para demostrar la formación y la experiencia. Es un tipo de texto que se produce normalmente a instancias de quien lo recibe, y por una persona con autoridad suficiente dentro de la institución para establecer que se ha cumplido con lo afirmado en el documento. Si llega haber alguna irregularidad o falsedad en lo declarado, puede ser sancionado por la ley.
ACTA
ACTA
Un acta es un documento en el que se asientan los acuerdos tomados en una reunión y, en forma resumida, las deliberaciones acontecidas en la misma. Normalmente se escriben directamente en un libro que se llama "Libro de actas". Los requisitos que se exigen para levantar actas están regulados por el Código de Comercio y también por los estatutos de la empresa o asociación.
CONSTANCIA
Constancia
Una constancia es un documento en el que se hace constar algún hecho, en ocasiones de modo auténtico o fehaciente. Existen diversos tipos, según qué clase de hecho constaten, el formato, quién lo constata, entre otros
VALE
VALE
Un vale es un documento comercial, para pagar un producto, ya sea bien o servicio. Puede representar el pago total o parcial (descuento inmediato en el momento de la compra por la cantidad que aparece en el vale). Lo más habitual es que los establecimientos comerciales proporcionen vales a sus clientes para fidelizarlos.
CHEQUE
CHEQUE
Un cheque (anglicismo de cheque o check) es un documento contable de valor en el que la persona que es autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta la cual se expresa en el documento, prescindiendo de la presencia del titular de la cuenta bancaria.
FACTURA
LA FACTURA
Factura de compra o factura comercial es un documento mercantil que refleja toda la información de una operación de compraventa. La información fundamental que aparece en una factura debe reflejar la entrega de un producto o la provisión de un servicio, junto a la fecha de devengo, además de indicar la cantidad a pagar.
lunes, 5 de diciembre de 2011
LETRA DE CAMBIO
LA LETRA DE CAMBIO :
Es "el título de crédito o de valor formal y completo que contiene una orden incondicionada y abstracta de hacer pagar a su vencimiento al tomador o a su orden una suma de dinero en un lugar determinado, vinculando solidariamente a todos los que en ella intervienen."
viernes, 2 de diciembre de 2011
PAGARE
PAGARE:
Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona -denominada suscriptora-, de que pagará a una segunda persona -llamada beneficiaria o tenedora-, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré".
lepl/
jueves, 1 de diciembre de 2011
ACUERDO
ACUERDO NUM. 51
México, D.F., a 1 de Diciembre de 2009.
DIRECTOR DE LA ESCUELA
SECUNDARIA 14 8 EN EL D.F.
PRESENTE
Con motivo de los altos índices de contaminación que se han venido registrando en el Valle de México, comunico a usted el horario escolar a partir del día 16 del presente mes. Los alumnos que asisten a esa escuela al digno cargo de usted, lo harán con horario de 9:00 a 13:00 horas y se mantendrán en las aulas escolares durante el tiempo de recreo, además se abstendrán de efectuar cualquier tipo de ejercicios físicos, hasta nuevo aviso.
Atentamente
EL SUBSECRETARIO
PROFR. LESLY PEREZ L.
LEPL/lepl
ACUERDO
Es un escrito que contiene la resolución de una situación determinada entre dos o más personas. También puede servir para dar a conocer una orden dictada por alguna autoridad y que deberá ser cumplida.
México, D.F., a 1 de Diciembre de 2009.
DIRECTOR DE LA ESCUELA
SECUNDARIA 14 8 EN EL D.F.
PRESENTE
Con motivo de los altos índices de contaminación que se han venido registrando en el Valle de México, comunico a usted el horario escolar a partir del día 16 del presente mes. Los alumnos que asisten a esa escuela al digno cargo de usted, lo harán con horario de 9:00 a 13:00 horas y se mantendrán en las aulas escolares durante el tiempo de recreo, además se abstendrán de efectuar cualquier tipo de ejercicios físicos, hasta nuevo aviso.
Atentamente
EL SUBSECRETARIO
PROFR. LESLY PEREZ L.
LEPL/lepl
ACUERDO
Es un escrito que contiene la resolución de una situación determinada entre dos o más personas. También puede servir para dar a conocer una orden dictada por alguna autoridad y que deberá ser cumplida.
CIRCULAR
León, Gto., 2 de julio de 2008
CC. GERENTES DE ZONA PRESENTE
Con fecha 10 de septiembre del año actual, toda la línea de acumuladores cambiará de diseño e infraestructura interna, conforme las especificaciones que se indican en los catálogos anexos a la presente Circular, incrementándose precios de venta aproximadamente en un 21.5%.
Lo anterior se hace del conocimiento de ustedes para que a la brevedad, distribuyan entre los concesionarios de esta Empresa los pedidos pendientes y logremos agotar antes de la fecha citada los inventarios actuales que existen en los almacenes centrales, con la finalidad de poder sacar al mercado la nueva producción.
Atentamente
EL GERENTE DE PRODUCCIÓN
ING. LESLY PEREZ .L
ING. LESLY PEREZ .L
DIRECCIÓN GENERAL
LEPL/lepl
Una circular es una ordén o conjunto de instrucciones de carácter interna reglamentarias, aclaratorias a recordatorias sobre una materia, y que envía una autoridad hacia sus subordinados y sirve para comunicar de un asunto a varias personas.
MEMORANDUM
México D.F. a 10 de agosto de 2009
At´n: A todos los colaboradores de Grupo Sar
Asunto: Desvinculación Daniel Ibarra Chávez
Se les informa por este medio de la desvinculación laboral del señor Daniel Ibarra Sánchez quien se desempeño como jefe de Mantenimiento hasta el día de hoy.
Cualquier asunto pendiente, favor de dirigirse con la Arquitecta Alejandra Serratos al móvil 1042.
Atentamente
Lesly Pérez Legarda
Recursos Humanos Corportaivo
LEPL/lepl
MEMORANDUM (MEMORANDO)
Es un texto que se redacta generalmente de manera interna en las empresas, es menos formal que una carta y puede utilizarse para recordar algún evento, dar avisos, iniccaiones, etc. También se le llama memorando
martes, 29 de noviembre de 2011
oficio
C. Francisco Gutiérrez García
Inspector Especial de este Departamento
Oficina Regional de Hacienda
36000 Guanajuato, Gto.
Inspector Especial de este Departamento
Oficina Regional de Hacienda
36000 Guanajuato, Gto.
ASUNTO: Informes varios de carácter administrativo.
C. Luis Carlos García Rubio
Inspector Especial de este Departamento
Oficina Nacional de Hacienda
36000 D.F , México
Inspector Especial de este Departamento
Oficina Nacional de Hacienda
36000 D.F , México
Su nota 154-10, del... d/a.
Proporciono a usted a continuación los informes que se sirve solicitar:
GASTOS Y VIATICOS. Debe usted requerirlos directamente del Departamento Administrativo, que ya tiene instrucciones al respecto.
ESTADISTICAS DE INGRESOS. Puede hallarlas en la revista de Hacienda, publicación mensual de dicha dependencia.
INFORMES DE INSPECCION. Obliga rendirlos mensualmente a este Departamento, dentro de los primeros diez días.
ORGANIZACION DE LA OFICINA. Consulte usted el Instructivo SH-23, Capítulo VII, que contiene todas las normas a que debe sujetarse.
Atentamente.
P. A. DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO
El Subjefe
Roberto Gutiérrez Vázquez
RGV/lepl
El of ic io es un documento o comunicación escrita de carácter netamente oficial,
protocolario, utilizado por las autoridades o funcionarios de las diferentes dependencias
públicas o privadas.
protocolario, utilizado por las autoridades o funcionarios de las diferentes dependencias
públicas o privadas.
lunes, 14 de noviembre de 2011
CARTA
LA PEQUEÑA
AVE. DE LAS ROSAS No. 321
COL. JARDINES
DELEGACION BENITO JUAREZ
c.p. 06 840
MEXICO, D.F.
13 de octubre de 2011.
Sr. Manuel del Bosque,
Liverpool 187-10,
Col. Juárez,
Delegación Cuauhtémoc,
c.p. 06 600,
México, D.F.
Asunto: Presentar Declaración.
Estimado señor del Bosque:
A propósito de la consulta que usted me recomendó hacer a nuestro mutuo amigo el C. P. Rafael Valenzuela, me es grato informarle que, en la parte respectiva me dice lo siguiente:
“… Todos los contribuyentes del impuesto sobre la renta, bajo el régimen general como usted, están obligados a declarar el monto de las utilidades, para el pago del impuesto sobre la renta. Los formularios para presentar la declaración y sus anexos, se pueden obtener en algunas papelerías; las Oficinas Regionales de Hacienda pueden informarle al respecto; en los impresos figuran todos los datos que los contribuyentes deben aportar para el estudio de sus declaraciones y para la determinación de los impuestos. Como estos datos son todos de orden contable, es aconsejable que todas las declaraciones las preparen especialistas, preferentemente el contador de la empresa…”
Como usted ve, la opinión del señor Valenzuela es clara en el sentido de que debemos encargar a un contador la declaración correspondiente a mi negocio y, por lo tanto, sugiero a usted ponerse de acuerdo con el propio señor Valenzuela, a quien me dirijo para solicitarle que se encargue de este asunto.
ATENTAMENTE.
Sr.Fernando Romo Alarcón.
Gerente General.
FRA/lepl
CARTA COMERCIAL ESTILO SANGRADO CON INSERCION DE TEXTO
Una carta es un medio de comunicación escrito por un emisor (remitente) enviada a un receptor (destinatario).
La carta puede ser un texto diferente para cada ocasión, ya que el mensaje es siempre distinto. En ese sentido, sólo en parte puede considerarse texto plenamente expositivo.
Una carta es un medio de comunicación escrito por un emisor (remitente) enviada a un receptor (destinatario).
La carta puede ser un texto diferente para cada ocasión, ya que el mensaje es siempre distinto. En ese sentido, sólo en parte puede considerarse texto plenamente expositivo.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)